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Se sabe quien es el mayordomo. ¿Quien será el dueño de la finca?

Claudio Borrero Quijano, 30 January, 2016


Por Claudio Borrero Quijano.  
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.


Señor Alcalde de Cali MAURICIE ARMITAGE CADAVID, existe un mayordomo en la Secretaria de Vivienda que representa bien al dueño de la finca. ¿Quien será?

Propiedades a cargo de un fantasmagórico Mayordomo en vista del desgano del “guachimán” de turno en la dependencia …….convertida en “tienda de mecato de la política”, entidad que conduce sin querer darse cuenta el despelote usurpador de los bienes territoriales del Municipio o “bienes de uso público dentro del espacio público”, que ocupan el 57.3% de la geografía Municipal de Cali.

“Banco de Tierras inexistente oficialmente”, que en la practica desde hace 50 años naufragó en prevaricatos a granel por omisión y acción, en esta sociedad a donde a nadie le importa un carajo la usurpación de los bienes el Estado, lo cual amerita judicialización severa, pues ni el  Concejo de Cali fiscaliza, ni la  Contraloría a cuya cargo corren los juicios de responsabilidad fiscal, enmudece la Personería entidad que por mandato constitucional le corresponde vigilar el patrimonio público territorial.

Dagma, Secretaria de Vivienda (Banco de Tierras – Ejidos – Antiguos Baldíos cedidos a gratuidad y perpetuidad afectados a la Reserva Forestal Protectora (1.938) y Parque Nacional Farallones de Cali (1.968), Secretaría de Servicios Admvos (Sub-Dirección de Bienes Inmuebles), Dirección de Hacienda Catastro y Tesorería cuya Contabilidad no registra este patrimonio público soporte financiero del Municipio.

Por supuesto caso aparte es la insólita Comisión Permanente de Plan y Tierras del Concejo de Cali, compuesta por servidores públicos elegidos por el Pueblo (art. 6 de la C.N.), que olímpicamente prevarican por omisión.

Adjunto breve muestreo de bienes territoriales siempre a la deriva, localizados al interior del Parque Nacional de los Farallones de Cali, patrimonio territorial municipal títulado y registrado ilícitamente a nombre de particulares usurpadores qines prescribieron lo imprescriptible contra indeterminados no obstante ser bienes del Estado, los unos latifundistas y otros minifundistas invasores.

Bienes de uso público dentro del espacio público, afectados a la reserva forestal protectora, en áreas de preservación de las fuentes hídricas y producción de oxígeno, santuarios de fauna y flora según el Código de Recursos Naturales

Corregimiento La Leonera– (314 predios) – Parque del Pato – a cargo de la Secretria de Vivienda – Área = 6.810.000 M2  – Avalúo = $102.150.000.oo – Escritura 1495 de la Notaría única de Candelaria – Octubre 6 de 1.997 – Código Catastral  0058000002002800000028 – Número Predial Y 007394000 – Matrícula Inmobiliaria 370-586912 – EN VERDADERA LIQUIDACIÓN DE BIENES DE USO PÚBLICO MUNICIPALES VENDIDOS A PRECIO DE GANGA O CON EL DISFRAZ DE APARENTE INVASIONISMO PERMISIVO, (Fincas a nombre de EMCALI = 900.000 M2), (CVC = 711.250 M2), posesionadas en buena parte por Guarda Bosques desde vieja data, otros 40 minifundios a nombre de la Junta Comunal del Corregimiento etc…

Corregimiento Pichindé– Sector Peñas Blancas – Area = 4.379.375 M2 – Escritura 1495 de Notaría Unica de Candelaria 06-10-97 – Matricula 370-586912 – Festival de repartos y ventas irregulares con matrículas “gemeliadas” como la Número 370-22695 – Escritura 532 Notaría 2 de Cali de 24-02-77, que incluye un cocktail de ejidos y antiguos baldíos cedidos por la Nación al Municipio según mandato de las leyes 54//$1 y 175/48 (Bienes de uso Público pertenecientes al patrimonio Municipal en festival permanente de usurpaciones ilícitas (véanse insólitos registros y los ocultamiento  delictivos de la “Catastrófica Oficina de Catastro” que denunciara en su discurso de posesión Rodrigo Guerrero Velasco, denuncio que no pasó de allí pues su Funcionaria SANDRA SAMACÁ terminó de refundirle la información contrariando las investigaciones de la Superintendencia de Notariado y Registro (DOCTOR JUAN CARLOS VÉLEZ (BURLADO).

Corregimiento del Indiviso Ejidal de La Buitrera, a donde las autoridades municipales  vendieron a precio de ganga a sus compadres políticos los ejidos en áreas ilimitadas, en varios casos vendieron minifundios en cantidad de 30 a 40 predios a una sola persona (Luis Carlos Cubillos Villamarín, Pacífico Villamarín, Hugo García Velásquez…..etc). HORROR DE HORRORES……..

Señor Alcalde de Cali MAURICE ARMITAGE CADAVID, por favor verifíque TODOS ESTOS DElITOS QUE PERSONALMENTE JUDICIALICÉ CON LA Fundación Desarrollo con Justicia Social. Los bienes de uso público por mandato constitucional son imprescriptibles, inalienables  inembargables.

Corregimiento La Paz, Corregimiento Villa Carmelo, Corregimiento Pance, Corregimiento La Felidia  (Parte Alta Occidental – El Diamante), SE REPITEN LOS CASOS COPIOSAMENTE en escritos anteriores los he enumerado y judicializado.

CUANDO USTED DISPONGA DE TIEMPO LE SUMINISTRARE PERSONALMENTE Y CON PRUEBAS MIS ESTUDIOS AD HONOREM POR CALI.

El patrimonio público titulado y registrado en las montañas es de 236.970.000 Millones de metros cuadrados.

El MAYORDOMO conoce cómo se enajenaron los bienes inalienables por mandato Constitucional (Parque Nacional Farallones, Reserva Forestal Protectora, Ejidos urbanos y rurales).

Señor alcalde, me he quejado demasiado sin ser escuchado por el ejecutivo.    Del silencio en el concejo no me sorprendo.

Arriesgué mi vida denunciando penalmente ante las autoridades judiciales las cuales son parsimoniosas por tradición…..existen sentencias condenatorias por mis denuncios JUDICIALES sin contar con el apoyo OFICIAL.

En Diciembre 13 de 2.012 el Tribunal Superior de Cali, después de ocho (8) años de insistencia contra la impunidad judicial en segunda instancia se ratificó fallo CONDENATORIO del Juez Doce Penal del Circuito de Cali, por compra ilícita del DAGMA de la finca EL RUBÍ…….ya pasados un mes y medio de la sentencia DE CASACION, aún no se notifica el FALLO, así que no está en firme la decisión, INSÓLITO PERO CIERTO.

La Dirección Jurídica de la Alcaldía no se inmuta, pues la condenada ex funcionaria fue servidora pública de esa dependencia………. SILENCIO TOTAL DEL EJECUTIVO, DEL CONCEJO Y LOS ORGANISMOS DE CONTROL…..se han compulsado copias para terminar de enjuiciar a los implicados en el complot con participación de bandola criminal con vínculos en el Gobierno, QUIENES SE REPARTIERON EL DINERO DEL TESORO MUNICIPAL a través de testaferro ABOGADO.

El expediente regreso a de la corte suprema con fallo de Casación favorable en Abril4 de 2.014 concediéndome la razón, DESAPARECIÓ EL EXPEDIENTE en el traslado del piso 8 del Palacio de Justicia Juzgado Doce Penal del Circuito al Piso Primero Juzgados de Ejecución de PENAS. SOY EL DENUNCIANTE DE LOS HECHOS, CONTRATARON MI ASESINATO EL 24 DE FEBRERO DE 2.010,   

Por supuesto me ha tocado resistir los sinsabores ocasionados por la bandola criminal, incrustada en la Administración Municipal, sin garantías de seguridad por las continuas amenazas contra mi vida. NO TENGO SEGURIDAD ASIGNADA………

Estoy dando traslado al Comandante de la Policia Metropolitana de Cali de los hechos que he conocido por reuniones de personajes interesados en repetir el atentado que recibí SEIS años atrás contra mi vida en la CATEDRAL DE CALI, hechos que permanecen en absoluta impunidad, no obstante conocerse quienes ordenaron asesinarme por confesión de sus cómplices ante la Justicia, sin dictarles medidas de aseguramineto por consiguiente sin el correpondiente juicio sancionatorio. INSÓLITO, 

El mutismo REITERATIVO del Concejo de Cali ES TOTAL

Y CONTINÚAN LA CADENA DE USURPACIONES……….Igualmente compraron “COSA PROPIA EJIDAL EN SANTA HELENA” (2.004 y 2.005). Vendieron los ejidos “PAMPAS DE LA PEDREGOSA” (2.000) en área de 4.060.082 M2 a CARMEN TULIA TASCON MERA, apresada en Mayo 28 de 2.012, liberada por insólita decisión del Juez Penal de Garantías Mpal,  estratagema utilizada por “vencimiento de términos” argumentando el paro judicial de octubre y noviembre de 2.012. Procesos judiciales buscando el rescate de bienes de uso público del Estado no tienen prescripción de la acción penal.

Insólitamente en sentencia judiciales prescribieron lo imprescritible.  Negociaron entre particulares con colonos sus posesiones de bienes del Estado en bienes inenajenables. Hubo ventas y reventas de bienes de uso público afectados por su condición de  Parque Nacional Natural de los Farallones de Cali y Reservas Forestales Protectoras.

A la fecha cientos de particulares ostentan títulos precarios viciados de nulidad absoluta, listados que incluyen A Fiscales Seccionales, Guarda Bosques, Funcionarios Oficiales de Parques, CVC, EMCALI, MUNICIPIO, ES UNA VERDADERA DEBACLE VIOLATORIA DE LA LEY.   

Hasta cuando señor Alcalde se perpetuará la impunidad en Santiago de Cali ?

Ultima sentencia de junio 26 de 2.015 ponente H. consejera de Estado María Claudia Rojas Lasso, fallo favorable. 

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