La Sagrada familia y abogados de oficio
Redacción
La ciudad ha sido sorprendida en el 2020 y finales del 2019, con aportes periodisticos a la ilegalidad sembrada en la construcción de obras en el antiguo colegio de la Sagrada Familia, sin rigurosidad juridica, donde en terminos sencillos, a la vista de las autoridades y todos los caleños, se pretendió armar una plataforma arquitectonica adicional a la licencia arquitectonica aprobada, generando un volumen de edificacion que vulneró el código urbano de la ciudad, contenido en el Plan de Ordenamiento Territorial POT.

El 3 de enero del 2020, Peñon y Sagrada Familia diario El Pais Cali
El columnista invitado, abogado Hector Campuzano hace una defensa como ciudadano de lo que pretenden edificar los constructores del desarrollo comercial en el antiguo colegio de la Sagrada Familia, con un gran volumen de imprecisiones:
1. La administración saliente no es que haya impugnado 5 pisos y que haya desconocido el entorno inmediato en elevación ( 12 pisos). Lo que la administración municipal ha entendido que esa edificacion es una joya arquitectonica de la ciudad, que es un Bien de interes historico – cultural de Cali y por lo tanto , hace parte del patrimonio arquitectonico de la municipalidad, que tiene derechos y obligaciones.


2.Lo cierto es que se demolió la casi totalidad del Colegio, conservando apenas unas ligeras fachadas y los constructores desinforman que han preservado la estructura de la edificación aprobada según licencia de construcción.
3.Lo que se observa en el Colegio la Sagrada Familia es que los 3 pisos levantados sobre la fachada principal le hicieron perder su valor arquitectónico, incumplimiento normas, proyectando 7 pisos , vulnerando su volumen arquitectonico y se demolió en su interior demasiado lo que le hizo perder el carácter del edificio con su valor histórico.
4. De la licencia de construcción inicial se construyeron 10 mts o más de altura sin permiso legal, intervenciones de 3.000 mts2 adicionales en obras que alteraron completamente las características del BIC8 bien de interes cultural ) ; se excavó el patio completamente y la zona verde que tenía el colegio no fue conservada; se cerraron los corredores del claustro, con lo que afectó no sólo la circulación sino las características originales y que debían ser conservadas de la Sagrada Familia. Se construyó más al interior del colegio de espacios que debían quedar libres para la circulación y se cambiaron los usos comerciales que había presentado en el proyecto inicial, algunos considerados de alto impacto para la zona, por ser generadores de alta circulación de vehículos, como son los casos de 4 salas de cine y un supermercado. Por ello, interviene la Secretaria de tránsito, hoy de movilidad.
La medida de la municipalidad ha sido ejemplarizante, la solución está en los mismos inversionistas que operen legalmente con las licencias expedidas en los años 2013 y 2015, y no se atropelle con la avaricia insaciable de los promotores del proyecto, respetando lo poco que nos está quedando de la arquitectura de ciudad heredada.

LA CONTRALORIA DE CALI el 19 de diciembre del 2019 , olvidó el derecho sustancial
El abogado Felipe Sardi Urrea . director técnico de la Contraloría, presenta informe sobre el colegio de la Sagrada Faminial precisando que “se vislumbra que existen dos silencios administrativos positivos en firme a favor del proyecto de la Sagrada Familia”. Es decir, busca dar patente de corzo a la edificación ilegalmente construida e ignorando la normatividad nacional y municipal.
Lo preocupante es que la misma Contraloría, sobre los billonarios detrimentos patrimoniales de la ciudad en lo que respecta al MIO, el estadio Pascual Guerrero , las 21 Megaobras, el parque lineal Rio Cali , la ampliacion via a Pance, la construcción en la Plaza de Toros en espacio público, etc, ha guardado silencio o archivado los expedientes y a menos de 1 mes, de ser relevados del cargo, por vencimiento del periodo constitucional.
Este funcionario debe ser investigado, pues su informe tiene valor probatorio en las actuaciones civiles , administrativas y disciplinarias que se adelantan.
Se reitera al Municipio de Cali , que su deber es hacer respetar las normas urbanisticas y arquitectonicas y que en ello, la solución está sobre el POT de la ciudad vigente en el momento de la actuación administrativa.


