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Estados Unidos y el dilema del porte de armas

Jean Nicolás Mejía H, 28 May, 2022

Jean Nicolás Mejía H

Profesional Ciencias políticas – Pontificia Universidad Javeriana Bogotá. 28 años,  Máster en cooperación internacional y organizaciones internacionales de la Universitat de Barcelona


El control y venta de armas vuelve a estar en el foco internacional, después de la terrible y dolorosa noticia esta semana de otro tiroteo violento en el estado de Texas, EEUU, en donde varios niños y dos adultos perdieron la vida a manos de un tirador en una escuela.

De este terrible evento, hay dos hechos que se han convertido en el debate central de la reflexión que deja la situación; que las armas las adquirió un adolescente que acababa de cumplir 18 años, y que la compra tanto del armamento, como de las municiones, fue completamente legal.

A pesar de las constantes discrepancias de los detractores del porte legal de armas, que atacan ferozmente el sistema constitucional norteamericano argumentando que las restricciones en el acceso de civiles a armamento reduciría drásticamente el índice de tiroteos (y en su mayoría tiroteos escolares) -y puede que estén en lo cierto: En Australia, después de un tiroteo en Port Arthur, Tasmania, en donde perdieron la vida 35 persona y otras 33 resultaron heridas, el entonces líder del Partido Liberal Jhon Howard implementó una serie de reformas que terminaron constituyendo lo que hoy se conoce como el National Firearms Programme Implementation Act 1996. Desde entonces se han registrado 0 tiroteo en el territorio oceánico, en comparación de los más de 200 tiroteos registrados en EEUU, sólo en el 2022.- Lo cierto es que en Estados Unidos implementar un control más fuerte al acceso y porte de armas es mucho más complejo de lo que parece.

La tenencia de armas es un derecho fundamental en Estados Unidos, consagrado y protegido por la Constitución. El 15 de diciembre de 1791 Estados Unidos de Norteamérica ratificó las 10 primeras enmiendas a la Constitución, que confirman los derechos fundamentales de sus ciudadanos, quedando el porte de armas (segunda enmienda) al mismo nivel que la libertad de expresión o la libertad de religión, o la libertad de reunión.

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Estados Unidos a su vez, ha sido una nación que ha construido su narrativa histórica -y en consecuencia su identidad nacional- bajo algunos principios “incuestionables”

Estados Unidos a su vez, ha sido una nación que ha construido su narrativa histórica -y en consecuencia su identidad nacional- bajo algunos principios “incuestionables” y que solo se le atribuyen al pueblo norteamericano. La doctrina de destino manifiesto y de la tierra de las oportunidades son algunos de estos principios, que en la construcción del tejido social adquieren un matiz casi dogmático y divino para los ciudadanos norteamericanos; su narrativa social gira en torno a los principios inviolables e inquebrantables de la constitución, y así han construido el país que conocemos hoy en día.

Es por ello que a los norteamericanos les resulta incomprensible modificar la carta magna a estas alturas históricas. Sin embargo, es claro que el contexto social actual es altamente volátil, y la situación de las armas ya se ha salido de control, por lo que urgen soluciones prontas e inmediatas.

Curiosamente, esta solución puede estar en la misma enmienda que protege el derecho del norteamericano a estar armado, ya que de la misma manera que se ha creado una narrativa a partir de la textualidad misma de la enmienda (en su mayoría por republicanos y sectores que defienden y justifican el uso de armas) se puede deconstruir y volver a reconfigurar, a voluntad de la opinión social.

La segunda enmienda profesa: “siendo necesaria la milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado libre, no se violará el derecho al pueblo a poseer y a portar armas”, y es la textualidad de la primera parte y el contexto por el cual los padres de la patria norteamericana decidieron incluir esa enmienda, y es que en 1775 gracias a la victoria de las organizadas y armadas milicias sobre Gran Bretaña en la Guerra de la Independencia, Estados Unidos pudo declarar su independencia en 1776. 

Durante la configuración política y constitucional norteamericana, los federalistas siempre rechazaron la creación de un ejército profesional nacional y siempre privilegiaron a las milicias, que históricamente fueron las que lucharon en las guerras de independencia. Pero en el contexto actual no existen las milicias en norteamérica como método de coerción del poder, ni mucho menos se privilegia a los grupos civiles armados.

Es aquí en donde la narrativa ha de cambiar: y es que textualmente el derecho inviolable al porte de armas está netamente condicionado a la conformación de una milicia (cuya traducción literal es grupo de civiles organizados con fines de defensa, en su contexto más reciente a paramilitares encausados bajo intereses particulares), pero las milicias en el contexto actual son innecesarias y en muchos casos, ilegales.

La narrativa debe construirse desde el Estado de Bienestar, desde la seguridad estatal y desde el ideal de que no hace falta que un civil haga porte de un arma de fuego para su defensa, cuando su tributación periódica está al servicio del entrenamiento y profesionalización de cuerpos de seguridad que se encargará de velar por la seguridad de ese civil, debe construirse desde la importancia y el respeto del contrato social (Jean Jacques Rouseeau), y sobre la resolución del dilema del estado moderno ( Max Weber) donde tiene que haber confianza en la autoridad y en la representación política para que una sociedad sea viable.

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