Skip to content
Archivo Caliescribe
Archivo Caliescribe
  • Confidenciales
  • Cali: Ciudad y ciudadanos
  • Reporte urbano
  • Política
  • Economía
  • Deporte
  • Columnistas
  • Archivo
  • Ver contenidos recientes
Archivo Caliescribe
adfbfbg

La decisión de la sala de revisión de la JEP

Luz Betty Jimenez de Borrero - Pablo A. Borrero V., 18 May, 2019

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


El país vive en este momento una situación de crisis de la política y de la justicia que se expresa de alguna manera con lo sucedido en torno a la decisión que ha tomado la JEP de ordenar la libertad y conceder la garantía de no extradición al ex guerrillero Jesús Santrich sindicado del delito de narcotráfico, privado de su libertad con fines de extradición desde hace mas de un año y actualmente recluido en la cárcel La Picota.

Dicha decisión ha suscitado al interior del gobierno y de algunos sectores políticos y sociales en general, diferentes reacciones motivadas en buena parte por el ambiente de polarización ideológica y política existentes en el seno de la sociedad colombiana, que sin lugar a dudas afecta negativamente la construcción del proceso de paz que hoy afronta una serie de dificultades, amen de la profundización de la violencia en diferentes regiones del país.

En este sentido las declaraciones del presidente Duque relacionadas con el fallo de la Sala de Revisión de la JEP, poco o nada contribuyen a apaciguar los ánimos exacerbados de los militantes de su partido, después de afirmar y sin que se produjera un fallo definitivo, que “está listo a firmar la extradición del acusado” en el evento de que prospere la apelación interpuesta por el Procurador General de la Nación contra la providencia que ordenó la no extradición a solicitud del gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica.

Al respecto la JEP argumenta en su providencia que no le fue posible por falta de pruebas evaluar la conducta de narcotraficante atribuida al ex guerrillero ni determinar la fecha en que hubiera podido incurrir en dicha conducta, no obstante haber solicitado al gobierno Trump y a la Fiscalía General de la Nación de Colombia, su cooperación y colaboración con dicha investigación. Circunstancia esta que llevó a la postre al señor fiscal a renunciar de manera irrevocable a su cargo, manifestando a través de una desafortunada intervención ante los medios de comunicación, que con dicha decisión “en el futuro los delitos permanentes de narcotráfico no podrían ser investigados por la Justicia ordinaria”, manifestación que carece de toda veracidad a la luz de las normas existentes en la ley y en el artículo 19 del acto legislativo No. 1 de 2017 transitorio sobre la Jurisdicción especial de la paz.

lñklk
<em>Finalmente el doctor Néstor Humberto Martínez en su declaración invita al país a “movilizarse con determinación”</em>

Así mismo el otrora fiscal general consideró que con la decisión de la Sala de Revisión de la JEP se hizo “trizas la cooperación jurídica internacional”. La cual desde luego deberá mantenerse en la lucha contra los delitos de carácter internacional, en particular del narcotráfico que hoy afecta gravemente la vida de los colombianos.

Finalmente el doctor Néstor Humberto Martínez en su declaración invita al país a “movilizarse con determinación” para lograr conseguir “el restablecimiento de la legalidad y la defensa de la paz, en un marco de justicia especial que exhale confianza”; expresiones estas que de manera contundente reflejan el estado de postración en que se encuentra la justicia colombiana en general, sumergida en una profunda crisis jurídica e institucional, que en muchos casos no aplica ni observa el principio de legalidad, cuya esencia es la observancia, cumplimiento y aplicación rigurosa y constante de las leyes para todos los órganos y funcionarios del Estado, organizaciones políticas y sociales y ciudadanos en general.

Ahora bien, está claro que en tratándose del caso del señor Santrich el procedimiento seguido por la Sala de Revisión de la JEP demuestra en principio que dicha instancia no solo se ajustó al principio de legalidad sino que además garantizó los derechos y libertades del sindicado, frente a las presiones políticas y a las interpretaciones jurídicas ajenas a la realidad procesal, que en este caso constituye la base de la valoración de la conducta del sindicado, en tanto que la decisión definitiva será tomada por la Sala de Apelación de la JEP en los próximos días.

En consecuencia y dadas las implicaciones que tiene este caso emblemático para el futuro de la Justicia Especial, la actitud que deben asumir los colombianos es la de observar y de acatar el principio de legalidad el cual constituye una obligación jurídica no moral, a la cual los ciudadanos no podrán subordinarse si las autoridades violan las leyes y con ellas su propia legalidad, lo que extendería la crisis que vive la justicia al ámbito de la política, como parece ser el propósito de algunos sectores que han comenzado a plantear como alternativa de solución a este impase, la convocatoria a un Referendo o a una Asamblea Constituyente, que en las actuales condiciones ahondaría la confrontación entre las diferentes fuerzas políticas y sociales, además de que podría reversar el proceso de paz en el cual debe insistirse a partir de las instancias y acuerdos existentes con base en los cuales se construyó una nueva legalidad con la justicia transicional, que el pueblo colombiano y sus dirigentes mas consecuentes tienen el deber de defender frente a los atajos y desvíos que se presentan a lo largo de este tortuoso camino de construcción de una paz estable y duradera ligada con la solución de los problemas económicos, políticos y sociales que afronta el pueblo colombiano.

Lo anterior, sin olvidar que estamos ad portas de una nueva jornada electoral que será aprovechada como un detonante para incentivar las desavenencias, los odios, venganzas y oportunismos políticos a los cuales habrá que cerrarles el paso con el debate de ideas y la escogencia de los mejores candidatos partidarios de la paz y de la convivencia social.

ADENDA: La captura de Jesús Santrich además de ser una burda maniobra jurídica, puso de presente la politización de la justicia evitando su posesión  como representante a la Cámara en el Congreso de la República, lo que le daría un fuero y por tanto un tratamiento judicial especial, pudiendo con ello generarse un choque de trenes entre la JEP, la Justicia ordinaria y la Fiscalía que afectaría la estabilidad jurídica del país y la legalidad vigente.


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

Uncategorized

Post navigation

Previous post
Next post

Esta viendo los contenidos del archivo histórico de Caliescribe entre abril 2011 y noviembre de 2023.

Ver contenidos recientes
  • November 2023 (108)
  • October 2023 (171)
  • September 2023 (162)
  • August 2023 (142)
  • July 2023 (163)
  • June 2023 (113)
  • May 2023 (116)
  • April 2023 (141)
  • March 2023 (110)
  • February 2023 (106)
  • January 2023 (94)
  • December 2022 (99)
  • November 2022 (143)
  • October 2022 (138)
  • September 2022 (97)
  • August 2022 (130)
  • July 2022 (124)
  • June 2022 (118)
  • May 2022 (109)
  • April 2022 (120)
  • March 2022 (106)
  • February 2022 (101)
  • January 2022 (104)
  • December 2021 (84)
  • November 2021 (152)
  • October 2021 (246)
  • September 2021 (209)
  • August 2021 (168)
  • July 2021 (203)
  • June 2021 (175)
  • May 2021 (177)
  • April 2021 (132)
  • March 2021 (147)
  • February 2021 (134)
  • January 2021 (87)
  • December 2020 (90)
  • November 2020 (138)
  • October 2020 (151)
  • September 2020 (135)
  • August 2020 (183)
  • July 2020 (179)
  • June 2020 (185)
  • May 2020 (177)
  • April 2020 (171)
  • March 2020 (181)
  • February 2020 (196)
  • January 2020 (127)
  • December 2019 (158)
  • November 2019 (173)
  • October 2019 (179)
  • September 2019 (167)
  • August 2019 (198)
  • July 2019 (168)
  • June 2019 (192)
  • May 2019 (167)
  • April 2019 (161)
  • March 2019 (203)
  • February 2019 (168)
  • January 2019 (162)
  • December 2018 (180)
  • November 2018 (188)
  • October 2018 (185)
  • September 2018 (221)
  • August 2018 (175)
  • July 2018 (206)
  • June 2018 (230)
  • May 2018 (237)
  • April 2018 (198)
  • March 2018 (218)
  • February 2018 (175)
  • January 2018 (169)
  • December 2017 (202)
  • November 2017 (189)
  • October 2017 (198)
  • September 2017 (224)
  • August 2017 (194)
  • July 2017 (206)
  • June 2017 (197)
  • May 2017 (196)
  • April 2017 (215)
  • March 2017 (185)
  • February 2017 (130)
  • January 2017 (108)
  • December 2016 (162)
  • November 2016 (126)
  • October 2016 (170)
  • September 2016 (149)
  • August 2016 (145)
  • July 2016 (152)
  • June 2016 (140)
  • May 2016 (114)
  • April 2016 (166)
  • March 2016 (137)
  • February 2016 (149)
  • January 2016 (168)
  • December 2015 (142)
  • November 2015 (149)
  • October 2015 (208)
  • September 2015 (168)
  • August 2015 (188)
  • July 2015 (161)
  • June 2015 (149)
  • May 2015 (161)
  • April 2015 (143)
  • March 2015 (142)
  • February 2015 (148)
  • January 2015 (161)
  • December 2014 (155)
  • November 2014 (174)
  • October 2014 (149)
  • September 2014 (149)
  • August 2014 (164)
  • July 2014 (150)
  • June 2014 (141)
  • May 2014 (170)
  • April 2014 (145)
  • March 2014 (171)
  • February 2014 (128)
  • January 2014 (120)
  • December 2013 (116)
  • November 2013 (179)
  • October 2013 (143)
  • September 2013 (146)
  • August 2013 (157)
  • July 2013 (150)
  • June 2013 (163)
  • May 2013 (155)
  • April 2013 (128)
  • March 2013 (141)
  • February 2013 (127)
  • January 2013 (112)
  • December 2012 (149)
  • November 2012 (120)
  • October 2012 (130)
  • September 2012 (189)
  • August 2012 (132)
  • July 2012 (122)
  • June 2012 (145)
  • May 2012 (134)
  • April 2012 (126)
  • March 2012 (146)
  • February 2012 (120)
  • January 2012 (137)
  • December 2011 (151)
  • November 2011 (131)
  • October 2011 (142)
  • September 2011 (124)
  • August 2011 (133)
  • July 2011 (151)
  • June 2011 (122)
  • May 2011 (141)
  • April 2011 (77)
©2026 Archivo Caliescribe | WordPress Theme by SuperbThemes