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La nueva justicia digital

Luz Betty Jimenez de Borrero - Pablo A. Borrero V., 3 April, 2021

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


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<em>En el caso de la Justicia su aplicación facilitará de cierta manera el trámite de los procesos judiciales que se adelantan en los juzgados y tribunales del país</em>

La digitalización de la justicia que surge con la irrupción de las nuevas tecnologías llegó para quedarse como dicen los expertos en TICs. Con su ayuda se podrá simplificar el trabajo que se realiza en varias de las actividades relacionadas con la producción, en la industria, el comercio y en la economía de los servicios.

En el caso de la Justicia su aplicación facilitará de cierta manera el trámite de los procesos judiciales que se adelantan en los juzgados y tribunales del país, en donde se ventilan los conflictos que se someten a esta jurisdicción.

No obstante debe aclararse, que una cosa es la parte operativa de la Administración de Justicia que se nutre de los recursos de las nuevas tecnologías y otra muy distinta, es la labor del juez o tribunal a quienes corresponde “hacer justicia”, acorde con los principios, valores y derechos constitucionales fundamentales de los ciudadanos en el marco del Estado Social y de Derecho.

Desde luego que con la digitalización no se podrán resolver los graves problemas que afronta la administración de Justicia, cuya oferta se encuentra rezagada respecto de la inmensa demanda que reclaman los colombianos en todo el territorio nacional, circunstancia ésta a la cual debe sumarse la corrupción que bordea sus límites estructurales y socava el prestigio y la dignidad de varios de sus operadores.

En la actualidad cursa en el Congreso de la República un proyecto de ley reformatorio de la ley estatutaria de la administración de Justicia, que de ser aprobado en muy poco contribuirá en la solución de los problemas estructurales de la administración de justicia. En tanto que los 500 millones de dólares que recibirá el Estado en calidad de préstamo del BID están destinados a la implementación de la digitalización con miras a resolver el retraso en la operación judicial y hacer más ágil y eficiente dicha operación.

Por otra parte, es conocido que con la pandemia del Coronavirus la operación de la Justicia dejó de ser presencial para convertirse en virtual, utilizando para ello los recursos de la tecnología de la información y de las telecomunicaciones, lo cual generó que las diligencias judiciales se dilaten en el tiempo con una justicia encriptada e inaccesible al ciudadano de a pie.

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<em>La virtualidad como tal tiene su origen legal en el marco del Estado de emergencia económica, social y ecológica</em>

Desde julio del antepasado año (2019), la ministra de Justicia de la época presentó a la consideración del congreso un proyecto de ley refrendado bajo el número 275 de dicho año (Senado), encaminado a regular el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las universidades, autorizándolos para hacer asesorías y pedagogía en temas jurídicos. Dicho proyecto de ley está dirigido a extender las funciones de dichos consultorios a las zonas rurales y aquellas ciudades en donde no existen estos servicios jurídicos, los cuales tendrán que funcionar bajo la modalidad de la virtualidad que se trata de imponer en todo el país.

La virtualidad como tal tiene su origen legal en el marco del Estado de emergencia económica, social y ecológica, con el decreto 806 del 2020 de la Presidencia de la república, mediante el cual se adoptó la virtualidad en las actividades judiciales, la cual contrariamente a su propósito ha generado un nuevo represamiento de la operación judicial, que conjuntamente con la oralidad regulada por el código general del proceso han incrementado una vez más la desigualdad en materia judicial que se refleja en la existencia de una forma de justicia que se tramita con todas las garantías procesales en favor de los sectores sociales más pudientes, frente a otra justicia que se aplica al ciudadano común y corriente que carece de los recursos monetarios y de las tecnologías, que debe someterse a la existencia de una justicia ineficaz, morosa y costosa, que actúa bajo la sombrilla de la virtualidad, generando un gran desequilibrio en la declaratoria de los derechos y deberes que caracteriza al sistema judicial y que reclaman el reconocimiento de sus derechos y libertades en materia laboral, de salud, de educación, de seguridad, etc., los cuales no gozan de las garantías suficientes para tal efecto, en tanto que se le carga a los ciudadanos todo el peso de los deberes que los funcionarios del Estado no acatan de acuerdo con la Constitución y la ley.

Mientras tanto con la implementación  de las nuevas tecnologías se pretende ocultar la realidad de una justicia desigual, que opera en una sociedad en donde no existen derechos y deberes iguales como base esencial para resolver en igualdad de condiciones los conflictos que surgen de las relaciones sociales, los cuales deben guardar un determinado equilibrio con la declaración de los derechos en forma oportuna y en todo caso ajustados a los parámetros constitucionales y legales. 


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

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