La alcaldía de Cali sigue enviando facturas con el cobro persuasivo y coactivo de valorización por megaobras y se ha negado a liquidar de nuevo la contribución de valorización o devolver los dineros a quienes pagaron de contado. Recordemos que no pudo licitar ni contratar la 2ª fase de megaobras por un valor cercano a $300.000 millones y con mentiras más débiles argumentos de que las obras se habían iniciado con la primera fase, no ordena las nuevas facturas. Es por ello que los Caleños propietarios de predios debemos iniciar acciones administrativas y judiciales contra el Municipio de Cali , tendientes a que se cumplan las normas legales que obligan a devolver los dineros sobre obras no iniciadas y cobradas por el sistema de valorización.
Porque se debe liquidar de nuevo la valorización.
La alcaldía de un total de dineros a recaudar por valorización de $869.000 millones hace 1 año y 6 meses licitó y contrató 13 megaobras por $580.000 millones, es decir no contrató obras por $289.000 millones que corresponden al 33% del total de megaobras decretadas por el Concejo Municipal. Oficialmente ha informado ésta administración que no licitará ni contratará las megaobras restantes. El Decreto 1394 de 1970, los Acuerdos 241 del 2008, 261 del 2009 y 297 del 2010 que regulan ésta contribución de valorización ordenan devolver los dineros pagados sobre obras no iniciadas y para ello debe liquidarse de nuevo la contribución de valorización en Cali.
EL DECRETO NACIONAL NÚMERO 1394 DE 1970 (Agosto 6) Por el cual se reglamentan normas sobre valorización establece… ARTICULO 7o. Cuando se exigieren contribuciones de valorización por una obra y esta no se iniciare en el plazo de dos años o se suspendiere por más de dos años, los propietarios que hubieren pagado contribuciones por tal concepto tendrán derecho a que se les devuelva, en lo que correspondiere, el dinero pagado y no invertido, reconociéndosele un interés del uno por ciento (1%) mensual, sin perjuicio de que, posteriormente, se distribuyan de nuevo contribuciones de valorización para ejecutar o terminar la misma obra.
Aquí podría existir duda en razón a que en Cali es un plan de obras y se dividió en 2 fases su iniciación, pero el Concejo Municipal en el Acuerdo 297 del 2010 aclara la situación, teniendo en cuenta que en su artículo primero dice: “El plazo máximo para iniciar la ejecución de las obras no podrá exceder el termino de veinticuatro (24) meses contado a partir del momento en que se expida el acto administrativo que ordena asignar el valor del monto distribuible correspondiente a la construcción de las obras del respectivo plan, so pena de devolver los valores recaudados bajo el esquema financiero que se establezca mediante acto administrativo.
Recordemos que las obras determinadas en el Acuerdo 241 del 2008 fueron 21, denominadas Megaobras y por lo tanto son las 21 obras que han debido iniciarse antes de los 2 años contados desde el 4 de Septiembre del 2009, fecha en que se inició el cobro mediante resolución de la alcaldía de la contribución de valorización. En consecuencia, inmediatamente debe iniciarse una nueva liquidación de la valorización que no incluya las obras no iniciadas.
¿Que dice la Secretaría de Infraestructura y Valorización?
Que el acuerdo 241 del 2009 estableció un término de 5 años para la ejecución de las obras, lo cual es cierto, pero para las que inicie. Igualmente argumenta que dividió en 2 fases la construcción y el recaudo, lo cual también es cierto, pero el Acuerdo 297 del 2010 no le permite iniciar obras después de los 2 años de cobradas y no podrá en un futuro el Concejo Municipal ampliar el plazo, ya que se lo impide el decreto 1394 de 1997. Tan consciente estaba de las fechas el Concejo el 3 de Noviembre del 2010 cuando expidió el Acuerdo 297 del 2010, que sabía que las obras tenían acta de inicio el 21 de Junio del 2010. La administración Municipal estaba segura e interesada de contratar las obras, pero desafortunadamente no contó con la caída del recaudo de la contribución de valorización, lo que le impidió licitar y adjudicar el resto de obras.
Caleños a exigir nueva liquidación de valorización
Por lo anterior, los ciudadanos propietarios de predios deben presentar derechos de petición a la alcaldía de Cali y/o Secretaria de Hacienda y/o Secretaria de Infraestructura y Valorización para que con estos argumentos y amparando el derecho al Debido Proceso, se produzcan los actos administrativos que ordenen la liquidación de nuevo de la contribución de valorización. De no hacerlo, se deben presentar las acciones de tutela respectiva o acciones populares o acciones de cumplimiento para que no se cobre lo indebido.
Caleños a exigir devolución de dineros. Para quienes pagaron de contado la contribución de valorización para la construcción de las 21 megaobras, deben solicitar en uso del derecho de petición a la alcaldía de Cali y/o Secretaria de Hacienda y/o Secretaria de Infraestructura y Valorización el reintegro del dinero pagado y no invertido, reconociéndosele un interés del uno por ciento (1%) mensual.
¿Y el Concejo Municipal qué?
No entendemos la ausencia del cabildo en el fondo de los principales debates de ciudad, pero adicionalmente que no haya exigido el cumplimiento del Acuerdo 297 del 2010 para que defienda a los ciudadanos del cobro de megaobras, es de extrañar. Claramente dice el Acuerdo que por las obras no iniciadas el Municipio debe devolver los valores recaudados y no invertidos. Ojalá los nuevos Concejales no comprometidos con el irregular, inconveniente e ilegal plan de 21 megaobras, inicien la defensa de los ciudadanos por esta violación de sus derechos.
¿Donde está la Personería y la Contraloría Municipal? Los ciudadanos que en un 70% no han podido pagar megaobras por su incapacidad de pago no han tenido en las entidades de control del Municipio el soporte para defender sus intereses. Pero que estas entidades no hayan salido a atender los derechos de los propietarios de viviendas caleños, la primera como representante del Ministerio Publico y la segunda como responsable del control fiscal es algo insólito. Sus respuestas también fueron insólitas: No tenemos competencia.
Alcalde Jorge Iván Ospina: Debe reconocerque no pudo contratar la 2ª fase de las megaobras y que su sucesor tampoco puede hacerlo, es decir que 8 megaobras no se pueden hacer bajo el instrumento de la valorización. Por ello respetuosamente y en esta época de navidad, lo invitamos a terminar con esa presión a los ciudadanos contribuyentes del COBRO PERSUASIVO Y COACTIVO DE LA VALORIZACION POR MEGAOBRAS, ordenando la liquidación de la facturación de la contribución de valorización, excluyendo del costo las megaobras no contratadas.
Ciudadanos propietarios de predios gravados con megaobras: Si el alcalde no responde afirmativamente, debemos iniciar acciones administrativas y judiciales contra el Municipio de Cali para defender nuestros derechos, tendientes a que se cumplan las normas legales que obligan a liquidar de nuevo la valorización, es decir que nos expidan unas facturas sin las obras contratadas. Y deben devolver los dineros sobre obras no iniciadas y cobradas por el sistema de valorización para quienes pagaron de contado. Por ello , claramente le decimos : NO AL COBRO PERSUASIVO Y COACTIVO DE LA VALORIZACION POR MEGAOBRAS.
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