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Prueba reina contra megacobro ilegal

Ramiro Varela Marmolejo, 1 April, 2012

Por Ramiro Varela M.

Mediante publicidad engañosa ha querido la Dirección de Hacienda Municipal y de la Jurídica de la Alcaldía de Cali dar a entender que se inicia el cobro coactivo de $2.4 billones que adeudan más de 700 mil contribuyentes, por los impuestos de predial, industria y comercio y la contribución de valorización, lo cual no es cierto, pues toda la vida la jurisdicción coactiva del Municipio de Cali ha funcionado los 365 días del años para el cobro de los deudores morosos de predial e industria y comercio. Lo cierto es que los 60 abogados a contratar estarán orientados a cobrar la contribución para la terminación de la 1ª Fase de Megaobras, para buscar recaudar los $545.670 millones que adeudan los caleños y que representan una cartera vencida del 63% del total de la valorización de la ciudad. Se conoce el problema de la administracion municipal de dineros para terminarla la 1a fase, pero el problema de fondo no es el recaudo, es la ausencia de recursos presupuestales para terminar la 1a y 2a fase.

Como lo hemos informado este cobro jurídico utilizando la jurisdicción coactiva es ilegal, porque sería el “cobro de lo no debido”, en razón a que la 2ª fase de Megaobras por $252 mil millones, no se ha construido, no se ha contratado y no se puede contratar. La prueba reina para hacer esta información está contenido en el proyecto de Acuerdo 167 del 2010 “Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 241 del 2008”, en donde se le solicitó al Concejo Municipal plazo para iniciar la 2ª fase de las Megaobras en un plazo máximo de 2 años, contados  a partir de la fecha de expedición de la resolución de liquidación, distribución y cobro de la valorización. Este proyecto de Acuerdo 167 del 2010, se convirtió en el Acuerdo Municipal 297 del 2010.

Por ello presentamos varios documentos que hacen parte de la prueba reina, para demostrar que el Acuerdo está en vigencia, no se puede modificar porque está amarrado a un decreto reglamentario de orden nacional.

Radicación del Proyecto de Acuerdo.

La Secretaria General de la Alcaldía Nigeria Rentería Lozano radicó el 21 de Octubre del 2010 el proyecto de Acuerdo para estudio de los Concejales “Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 241 del 2008”. Precisemos la fecha, pues los contratos con los concesionarios de Megaobras se firmaron el 19 de mayo del 2010, la pre- construcción de las obras se inició el 10 de junio del 2010 y la construcción en el mes de Septiembre del 2010. Es decir, el proyecto de acuerdo se refiere exclusivamente para poder iniciar la 2ª fase de Megaobras. (Se anexa la carta remisoria que es la prueba reina)

La prueba reina.

Está contenida en la exposición de motivos del proyecto de Acuerdo Nº 167 del 2010 firmada por el entonces Alcalde Jorge Iván Ospina, el contenido textual es:

1.    “El Artículo 7º del Decreto 1394 de 1970 conocido como el “Estatuto orgánico de la contribución nacional de valorización”, fue expedido por el Presidente de la República en ejercicio de su potestad reglamentaria de las leyes, en particular del decreto legislativo 1604 de 1966, y su reformatorio, el decreto ley 3160 de 1968, y en él se estipula como plazo máximo para ejecutarse las obras 2 años de lo contrario los propietarios que hubieren pagado las contribuciones por tal concepto tendrán derecho a que se les devuelva en lo que corresponden el derecho pagado y no invertido” (el resaltado es mío).

2.    “El presente Proyecto de acuerdo se propone a atemperar el plazo máximos de ejecución de plan de obras a ejecutar en el Municipio de Cali a la disposición precitada, por ello habrá que modificarse el término fijado inicialmente de 14 meses para extenderlo a 24 meses”. (el resaltado es mío).

3.    “Tal modificación es necesaria además, en razón a que los tiempos definidos en el acuerdo 241 del 2008 como máximos, para el inicio de la ejecución del paquete de obras es insuficiente, teniendo en cuenta la magnitud del proceso que se viene adelantado dentro del plan de obras Nº556…”(el resaltado es mío)

4.    “Por lo antes expuesto y en cumplimiento de la disposición legal decreto 1083 del 2006q que establece normas sobre planeación urbana sostenible y movilidad, con planes de ordenamiento territorial, la Administración Municipal resolvió dividir el plan de obras en dos fases, abriendo el espacio de tiempo entre la ejecución de la iniciación de la ejecución de las obras, requerido para generar el menor impacto en la ciudad, en los aspectos ya mencionados”. (el resaltado es mío)

(Se anexa la exposición de motivos del proyecto de Acuerdo 167 del 2010)

La prueba reina: El proyecto de Acuerdo.

Número 167 del 2010 que se convirtió en el Acuerdo Municipal 297 del 2010, fue de un solo artículo, en el que se modificaba el Acuerdo 241 del 2008 y en parágrafo único se estableció el plazo máximo de 2 años para iniciar las obras. (Ver anexo del proyecto de acuerdo en mención).

La prueba reina: Constancia del concejal Rodrigo Guerrero.

Hoy alcalde de Cali, en el que expresa la insatisfacción por la forma como se ha venido adelantando la planeación y ejecución de las Megaobras… En el momento se evidencian retrasos en la Fase 1 de las 21 Megaobras por la presunta demora en la compra de predios, situación que se debió preveer desde el 21 de agosto del 2008. (El resaltado es mío). Se anexa constancia del alcalde Guerrero.Es decir , cuando anuncia el voto positivo para dar un plazo adicional para iniciar la 2a fase de megaobras, confirma que ya la 1a fase de obras está atrazada.

La mentira de la Secretaría de Infraestructura y Valorización actual.

Esta entidad a cargo del Ingeniero Miguel Meléndez Carvajal ha venido respondiéndole con mentiras a la ciudadanía, fiel copia de la administración anterior, afirmando que:

“La expresión Megaobras 2ª fase, no puede entenderse como un proceso nuevo o que haga referencia a la realización de actividades dirigidas a la ejecución del proyectos por fuera del plan de obras denominado 21 Megaobras, por cuanto se trata de la continuidad del mismo… el Acuerdo 297 del 2010, establece el plazo máximo para iniciar la ejecución de las obras que hacen parte del plan de obras, cuyo inicio se dio en el 2010…”. (Ver anexo de la respuesta).

La sola carta de la Alcaldía, la exposición de motivos del proyecto que generó el Acuerdo 297 del 2010 firmada por el entonces Alcalde Ospina, la redacción del proyecto de acuerdo como la redacción final del texto aprobado y la constancia del entonces Concejal, hoy Alcalde de Cali Rodrigo Guerrero, dejan en evidencia el prevaricato y el abuso de autoridad en que está incurriendo la actual administración, según declaraciones del Abogado Javier Pachón, de la Dirección Jurídica de la Alcaldía y documentos escritos de la Secretaría de Infraestructura y Valorización, con fechas de enero- febrero y marzo del 2012.

Parece que los 2 funcionarios, no se han leido la constancia del Concejal Guerrero, hoy su Jefe inmediato, en donde están deslindadas las 2 fases de obras, una iniciada y otra por iniciar. 

Respetuosa y encarecidamente le solicitamos al señor alcalde de Cali Rodrigo Guerrero que derogue y ordene la revocatoria de los actos administrativos que conducen al cobro por la jurisdicción coactiva, por motivos que su despacho conoce suficientemente y que se convierten en un megacobro ilegal, pues desafortunadamente para la administración municipal , los ciudadanos deben defender sus derechos ,a que solo se les cobre por megaobras contratadas.

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