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4 condenas contra Armitage, de contera Ospina y Guerrero

Ramiro Varela Marmolejo, 15 September, 2019


Por Ramiro Varela Marmolejo 
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.

 

 


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<em>Las tutelas &nbsp;fueron presentados directamente al alcalde, dada la gravedad de las circunstancias</em>

En segunda instancia ha sido vencido en amparos tutelares el señor alcalde Maurice Armitage, por vulnerar derechos de los ciudadanos, por 4 jueces de la República, quienes verificaron la no respuesta al cumplimiento de normas que tienen que ver con el sistema de transporte masivo de Cali, las 21 megaobras, la jurisprudencia constitucional de la nómina paralela y la seguridad de Cali.

En la historia de nuestra ciudad, y desde hace 28 años, que tenemos la C N. y se reglamentó la acción de tutela y el incidente de desacato, nunca había sucedido en el municipio de Cali, que un alcalde haya sido condenado en 4 fallos judiciales, se le obligan los mandamientos judiciales y en el limite de la sanción

Las tutelas  fueron presentados directamente al alcalde, dada la gravedad de las circunstancias que se plantea en cada una de las 4 peticiones, la trascendencia para la ciudad y por supuesto para el municipio de Cali, entre ellos los resultados de la administración del alcalde Maurice Armitage. Analicemos las 4 peticiones presentadas y su respectiva sentencia judicial ejecutoriada

Nómina paralela.

El 21 de enero de 2019 se le presentó petición al alcalde de Cali, que no fue respondida en siete meses como lo ordena la Corte Constitucional, respondida muy parcialmente con evasivas, como se lee de las sentencias de  1a instancia de la juez 28 civil municipal y en 2a instancia del juez séptimo civil de circuito, del 6 de agosto del 2019. Se trata de identificar ante todo, si el municipio es viable con esa nómina paralela tan grande, superior a 10.000 PS, cuya mayor parte es obligada a actuar en la politiquería de la ciudad, en representación del alcalde, sus amigos o de los concejales o congresistas. No podemos olvidar que hubo una reforma administrativa, en este gobierno y precisamente se debe identificar cual es el número de personal en nómina y en contratación en prestación de servicios, para identificar que se duplicó este personal, lo que proscribe las directivas de la Corte Constitucional y de la Procuraduría general de la nación. El interés es general, informar a la comunidad y parar ese desangre de las escasas finanzas públicas municipales con el ministerio publico, como acto de participación ciudadana del ordenamiento constitucional.

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<em>En este caso el alcalde se ha gastado 7 meses, con su jefe jurídico, a través de respuestas con evasiones y omisiones</em>

MIO y su inviabilidad.

En este caso el alcalde se ha gastado 7 meses, con su jefe jurídico, a través de respuestas con evasiones y omisiones, 2 fallos judiciales, ( Juzgados 7 civil municipal de ejecución  y 1 civil del circuito de ejecución )  incidente de desacato, solicitud de arresto avanzada y ni así responden. En el año 2005 y quien escribe esta nota, gestionó día y noche con el  Concejo, para qué el municipio pudiera ejecutar el sistema de transporte masivo de una manera planificada. Recordemos que en el año 2002, el CONPES había creado el MIO y en el 2003 en Concejo de Cali lo había adoptado como proyecto de ciudad. Como se había desconocido al concejo,  violado las funciones constitucionales del cabildo, donde le toca reglamentar los usos del suelo y el MIO ha intervenido bienes privados, mediante el acuerdo municipal 192 del 2006, se obligó a que el Concejo adoptara el diseño y la estructuración definitiva del sistema por acuerdo municipal. No lo hicieron, pero la administración al año de plazo para cumplir este acuerdo, presentó otro que se convirtió en el acuerdo 224 de 2007, donde se obligó a que el municipio tuviera, por norma municipal, el cierre definitivo financiero del sistema de transporte masivo y adoptado el diseño definitivo por la norma municipal. Esto quiere decir que que debería existir un acuerdo, con todas los diseños definitivos de las obras del MIO, financiadas por la Nación y Metrocali. No lo cumplieron y no se ha cumplido. Esto hubiera resuelto el problema que tenemos hoy en día en Cali, un sistema inviable.

21 Megaobras, a liquidación

Esta petición en la misma sentencia anterior, tiene que ver con el plan 21 Megaobras, 11 años después de haber sido decretado por el Concejo y 10 años después de haberse iniciado el cobro. Las obras en miles de millones de pesos están por la mitad, razón tiene la comunidad de llamar MEDIASOBRAS, pues faltan las más costosas, como la ampliación de la carretera al mar, la prolongación de la avenida circunvalación del sur, los 110 km de rehabilitación de vías, el puente de Chipichape, el puente de la autopista sur con 66, etc. Se trata de que el alcalde informe porque no han liquidado el plan de 21 Megaobras, de conformidad al acuerdo 297 del 2010 o las razones jurídicas para no hacerlo. A pesar de los 7 meses, aun no ha contestado, solo evasiones

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<em>El problema de fondo es un Municipio inviable fiscalmente , ante la realidad fáctica del plan de salvamento del MIO</em>

La seguridad de Cali

La 4a petición que el municipio de Cali no contestó, y que en 2ª instancia ( el juez 3 civil del circuito de ejecucion ), probó la vulneración del derecho , tiene que ver con la seguridad de Cali, los índices de homicidios reales comparativamente con las 4 principales ciudades colombianas , el presupuesto de los últimos años, para verificar, como ha sido el compromiso real de la ciudad con su principal problema. Evadieron la respuesta y  de conformidad al mandamiento constitucional, se inició la tutela y en 1ª  instancia se le ordenó al alcalde cumplir, pero tanto el jefe jurídico como el mismo alcalde prefieren no contestar e impugnar, por lo que  el juez primero civil de circuito de ejecución, el pasado 9 de septiembre de 2019 confirmó la citada sentencia.

Mensaje al alcalde, cumpla la Constitución y la ley

El problema de fondo es un Municipio inviable fiscalmente , ante la realidad fáctica del plan de salvamento del MIO,  la carencia de presupuesto para las 21 megaobras y el derroche fiscal con la contratación de personal, que afecta las intervenciones del Municipio en temas tan importantes, como la seguridad. No se trata de ordenar su arresto, 4 veces, se trata de que usted no vulnere el derecho de la información,  les responda a los ciudadanos y especialmente a los contribuyentes, con información que tiene que ver precisamente con sus deberes y obligaciones. Conocer qué pasa con los dineros públicos que el municipio ejecuta, en nombre de los ciudadanos y por supuesto que se cumplan las sentencias judiciales, para bien de la ciudad.

No siga desgastanto más al Municipio, y al aparato judicial, con un desorden administrativo , jurídico y fiscal por no cumplir las normas. .

Nunca se ha visto que un alcalde haya perdido 4  veces tutelas en segunda instancia y esto es muy grave para él, deriva por iniciativa del accionante a las pruebas en los procesos disciplinarios y  penales  de la Procuraduría y la Fiscalia General de la Nación, ante el concurso de delitos que se presentan, en el incumplimiento de normas ( prevaricato ) , celebración indebida de contratos, etc. Y porque no cumple las normas? Precisamente porque allí están las pruebas que salvarían al Municipio y los proyectos, pero que demuestran el equivocado comportamiento de los alcaldes Armitage y de contera Ospina y Guerrero 

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