En la ciudad de Cali hemos observado como se han violado las normas urbanísticas y especialmente el POT
Ante el desplome del edificio Space de Medellín, los medios de comunicación en todo el país realizaron interrogantes sobre el desempeño de las Curadurías Urbanas, en la ciudad de Cali hemos observado como se han violado las normas urbanísticas y especialmente el POT, sin que haya respuestas, investigamos, menos sancionados.

Por Ramiro Varela Marmolejo
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.
Se le presentó un derecho de petición a los tres Curadores Urbanos de Cali (Arquitectos Fernando Acosta Ospina, Alfonso Núñez Victoria y Martha Cáceres Gómez), para que respondieran sobre las presuntas vulneraciones a normas legales en proyectos arquitectónicos específicos que han tenido quejas de la comunidad sobre su aprobación, la relación de licencias de construcción controvertidas ante el POT y los ingresos, costos y gastos de cada Curaduría de recursos públicos. Quién dijo miedo, se negaron a responder la mayoría de las solicitudes de información.
Proyectos de dudosa licencia
El Estadio Pascual Guerrero donde la Curaduría permite que se invada el espacio público, los andenes y las vías públicas del lado oriental y occidental del estadio
1. El Estadio Pascual Guerrero donde la Curaduría permite que se invada el espacio público, los andenes y las vías públicas del lado oriental y occidental del estadio. No se desafectó la zona pública ni se compensó la gran área perdida. No hubo respuesta.
2. El Edificio del Banco de Bogotá en la Calle Octava (Zona histórica), se le exime en la licencia de ceder el 15% del lote para zona verde por parte de la Curaduría y se le da el derecho de tener más altura sobre el río Cali. No hubo respuesta.
3. La edificación- El constructor Home Center en el barrio Santa Mónica, se le exime en la licencia de construcción por parte de la Curaduría la cesión de la zona verde correspondiente y de la vía pública que comunicaría a este barrio con Chipichape. No hubo respuesta.
4. El Centro Comercial Centenario, edificación aprobada por Curaduría sin la cesión de la zona verde correspondiente al 15% del área bruta. No hubo respuesta.
5. Los programas de expansión en la vía Cali-Jamundí, con proyectos de vivienda que podrían tener dificultades con la evacuación de aguas lluvias y aguas negras. No hubo respuesta.
Lo que dicen las Curadurías
El Curador Urbano Uno, Fernando Acosta omite totalmente la respuesta ante las irregularidades en esas licencias; el Curador Urbano Dos Alfonso Núñez igualmente evade resolver la petición y la Curadora Urbana Tres Martha Cecilia Cáceres da respuestas generales y también evade la información.
Los dineros públicos que manejan los Curadores
Si bien es cierto que un Curador Urbano es un particular que ejerce funciones públicas, está en la obligación de dar información pública, no evadirla y por el contrario aceptar el escrutinio público. Hábilmente dicen que una información es de Planeación Municipal y por lo tanto es el competente para entregar respuestas alas peticiones presentadas. Así mismo dicen que las Curadurías Urbanas son sujetas al Control Fiscal y por lo tanto, en cuanto a los ingresos y gastos, es la Contraloría General de la República la llamada a dar esa información por ser de su competencia. Qué tamaño error el no permitir que haya participación ciudadana en el resultado urbano, técnico y de fiscalización de los recursos públicos.
Juzgados 20 -24 y 30 Civil Municipal amparar el derecho fundamental vulnerado, para evitar que se siga trasgrediendo la norma constitucional
Curadores a responder ante los Jueces Constitucionales
El ciudadano no queda con otro camino, sino que pedirle al Estado a través de una acción de tutela, la información omitida o evadida. En este caso le ha correspondido a los Juzgados 20 -24 y 30 Civil Municipal amparar el derecho fundamental vulnerado, para evitar que se siga trasgrediendo la norma constitucional. Por ello le hemos pedido al señor Alcalde que intervenga a los Curadores Urbanos, mientras los Jueces actúan.