Skip to content
Archivo Caliescribe
Archivo Caliescribe
  • Confidenciales
  • Cali: Ciudad y ciudadanos
  • Reporte urbano
  • Política
  • Economía
  • Deporte
  • Columnistas
  • Archivo
  • Ver contenidos recientes
Archivo Caliescribe
ghdhaer

Ventas masivas ilícitas de bienes de uso público

Ing. Claudio Borrero Quijano

ZUMBAMBICO

VENTAS MASIVAS ILICITAS DE BIENES DE USO PUBLICO PATRIMONIALES DEL MUNICIPIO DE CALI, NEGOCIACIONES DE EJIDOS RURALES PROHIBIDOS EN LA LEY Y COMO SI FUERA POCO A PRECIOS DE GANGA

Análisis de cada matricula inmobiliaria:

NUMERO 370-137409: Área 74.375.000 m2 – 49 anotaciones – el municipio de Cali por escritura 907 de la notaria 3 de Cali tramitada por el ex personero Sergio Rivas Rentería quien recibió con el ex alcalde José Vicente Borrero en febrero 27 de 1.961.

Los antiguos baldíos o territorios nacionales de la nación, incrementaron el patrimonio público del municipio de Cali, al cederse a gratuidad y perpetuidad de dominio por las leyes 54 de 1.941 (sanciono el presidente Eduardo Santos) y la ley 175 de 1.948 (sanciono el presidente Mariano Ospina Pérez), se ratificó la cesión contenida en la resolución número 906 del ministerio de agricultura fechada en septiembre 3 de 1.960, los antiguos baldíos que fueron de la nación se localizan en los corregimientos la leonera, pichinde, los andes, pance, villa Carmelo, la buitrera, felidia, el saladito, la Elvira, la castilla, la paz, montebello y golondrinas (cuencas hidrográficas de los ríos aguacatal, Cali, Meléndez, pance, cañaveralejo y lili o de las piedras.

El 15 de julio de 1.968 por acuerdo municipal del concejo de Cali se entregaron para la administración los antiguos baldíos a invicali, condicionando cumplir  las afectaciones ecológicas vigentes en esos bienes de uso público, tales como preservación de las fuentes hídricas, reservas forestales protectoras sustentadas en resoluciones 5, 7 y 9 vigentes desde los años 1.938, 1.941 y 1.943, preservación de las márgenes de ríos y quebradas, bosques de niebla y producción de oxígeno, santuarios de fauna y flora,  etc…..

No faltaron ventas ilícitas como las que aparecen en las anotaciones de los registros inmobiliarios tramitadas ilícitamente en la oficina de instrumentos público de Cali.

Simplemente en esta nueva ratificación de mi denuncio publico identifico inicialmente los registros inmobiliarios números 370-137409, 370-137447 y 370-137448, apareciendo en la primera de las matriculas anotadas las irregulares “anotaciones” ilícitas por ventas que resumo como pequeño ejemplo áreas registradas de ;  11.173 m2, 18.853m2, 13.683 m2, 8.741 m2, 21.491 m2, 5.148 m2, 96.000 m2, 10.227,m2, 173.180 m2, 13.771 m2, 59.733 m2, léanse las anotaciones correspondientes 5, 6, 7, 9, 11, 12, 15, 16, 20 y 43 contenidas en el  registro 370-137-132409, allí se leen pruebas fidedignas de los “prevaricatos” acostumbrados desde años atrás en la antigua invicali, ahora secretaria de vivienda social.

He solicitado investigación exhaustiva de estas “delictuosas prevaricaciones” permanentemente consuetudinarias realizadas desde las dependencias  oficiales comprometidas en estos ilícitos ya sentenciados por unanimidad desde 33 meses y 13 días de desacato o fraude judicial del mandato de las superioridades jurídicas del consejo de estado y tribunal contencioso administrativo del valle del cauca, estoy remitiendo los fallos correspondientes a la justicia penal, de los expedientes de acciones populares sentenciadas favorablemente con sentencias favorables ejecutoriados originadas tanto en el consejo de estado (julio 26 de 2.015 radicado 76001233100020040065601), e igualmente la sentencia emanada del tribunal contencioso administrativo del valle del cauca fechada en abril 20 de 2.015, radicado 76001333101620090036001), entregue las identificaciones de cada uno de los 31.794 ocupantes ilícitos del área rural de Cali en sus trece (13) corregimientos de montaña, “pruebas reinas” que reposan en el expediente sentenciado  favorablemente y cuyas copias recibió el superintendente nacional de instrumentos públicos doctor Jorge Enrique Vélez desde julio de 2.012, al igual que los altos funcionarios acompañantes a las audiencias celebradas en la oficina de instrumentos públicos de Cali en su debido momento, igualmente el superintendente asistió acompañado de representantes de la fiscalía nacional como la abogada Lilian Segura, léase en los documentos aportados la identificación de la totalidad de los acompañantes a la audiencia convocada por el superintendente de Colombia doctor Juan Carlos Vélez debatiéndose el componente judicial en trámite en esos años ante la justicia superior por mis denuncios contra ocupantes ilícitos de estos bienes de uso público municipales, muchísimos de ellos “latifundistas” ostentando títulos precarios viciados  de nulidad absoluta en cualquier época, quienes aparecían como propietarios particulares de conformidad con las decisiones judiciales expedidas en la década de los años 1.940, dejo constancia de que la mayoría de los recientes minifundistas que no ostentan títulos de propiedad privada aparecen como “invasores” u “ocupantes inconsultos”, compuesto por familias humildes desplazadas a Cali por variadas razones sin conocimiento de las normas restrictivas que estaban y siguen vigentes, estas precisas informaciones reposan en los expedientes denunciados y fallados a mi favor después de numerosos años de investigaciones.

Dejo constancia de los desacatos o fraudes a las resoluciones judiciales por parte de nuestros dos últimos alcaldes de Cali e insólitamente cometidos por nuestros  honorables consejeros de estado y honorables magistrados del tribunal contencioso administrativo del valle del cauca, quienes guardan silencio estando jurídicamente obligados a hacer cumplir estrictamente sus mandatos judiciales.

Señor alcalde de Cali norman Maurice Armitage Cadavid, tengo la obligación moral de reiterarle que el único representante legal del municipio elegido nítidamente por nuestros conciudadanos es usted, por lo cual para el caso de estos numerosos denuncios penales y de acciones  populares que instaure desde diciembre 26 del año 2.007 y diciembre 9 de 2.009, ostentando a la fecha aprobadas las dos sentencias favorables unánimes debidamente ejecutoriado, decisiones tomadas con posterioridad al desmonte de los incentivos legítimos correspondientes al 15% del valor comercial de los bienes de uso público recuperados como lo fue en este caso juzgado desacatado y ejecutoriado desde el 6 de mayo del 2.015, decisiones tomadas por la superioridad jurídica que ha sido “desacatada” por usted y su antecesor el medico Rodrigo Guerrero Velasco, lo que está implicando un hecho de marca mayor en nuestra municipalidad, a donde nuestras elites sociales, políticas y económicas confabulados  históricamente prescribiendo lo “imprescriptible” contra “indeterminados inexistentes”, cuando lo bienes inmuebles públicos del estado colombiano desde recién fundada la ciudad de Santiago de Cali, definido su perímetro municipal años después, sin olvidar que desde 1,559 la corona real española expidió nuestro “escudo de armas”, la cual precisamente es nuestro estandarte representado en los riquísimos recursos naturales y ecológicos en su integridad, adornado de nuestras fuentes hídricas que descienden acompañadas de aires maravillosos del pacifico, de las cumbres empinadas centinelas permanentes de nuestro crecimiento farallones de Cali, las cuales descienden rápidas vertientes  raudamente al rio grande o de santa marta hoy conocido como rio cauca en homenaje al cacique regional,

Señor alcalde de Cali poseo todas las matriculas inmobiliarias del patrimonio público territorial del municipio de Cali sin actualizar por negligencia de su subalterno, con estos documentos usted puede verificar el porque me aprobaron las primeras sentencias favorables al municipio de Cali decisiones unánimes emanadas del consejo de estado y tribunal contencioso administrativo del valle,  demostrándose la  corruptela instaurada en la secretaria de vivienda social antigua invicali a donde jubilables no tramitan sus derechos laborales por supuesto encantados con la “chamba”, perpetuándose plena impunidad con esta clase de delitos señor alcalde, no podemos seguir tolerando este mercado libre de negociaciones ilícitas con la compra venta libre de tierras pertenecientes al patrimonio público del municipio de Cali.

Post navigation

Previous post
Next post

Esta viendo los contenidos del archivo histórico de Caliescribe entre abril 2011 y noviembre de 2023.

Ver contenidos recientes
  • November 2023 (108)
  • October 2023 (171)
  • September 2023 (162)
  • August 2023 (142)
  • July 2023 (163)
  • June 2023 (113)
  • May 2023 (116)
  • April 2023 (141)
  • March 2023 (110)
  • February 2023 (106)
  • January 2023 (94)
  • December 2022 (99)
  • November 2022 (143)
  • October 2022 (138)
  • September 2022 (97)
  • August 2022 (130)
  • July 2022 (124)
  • June 2022 (118)
  • May 2022 (109)
  • April 2022 (120)
  • March 2022 (106)
  • February 2022 (101)
  • January 2022 (104)
  • December 2021 (84)
  • November 2021 (152)
  • October 2021 (246)
  • September 2021 (209)
  • August 2021 (168)
  • July 2021 (203)
  • June 2021 (175)
  • May 2021 (177)
  • April 2021 (132)
  • March 2021 (147)
  • February 2021 (134)
  • January 2021 (87)
  • December 2020 (90)
  • November 2020 (138)
  • October 2020 (151)
  • September 2020 (135)
  • August 2020 (183)
  • July 2020 (179)
  • June 2020 (185)
  • May 2020 (177)
  • April 2020 (171)
  • March 2020 (181)
  • February 2020 (196)
  • January 2020 (127)
  • December 2019 (158)
  • November 2019 (173)
  • October 2019 (179)
  • September 2019 (167)
  • August 2019 (198)
  • July 2019 (168)
  • June 2019 (192)
  • May 2019 (167)
  • April 2019 (161)
  • March 2019 (203)
  • February 2019 (168)
  • January 2019 (162)
  • December 2018 (180)
  • November 2018 (188)
  • October 2018 (185)
  • September 2018 (221)
  • August 2018 (175)
  • July 2018 (206)
  • June 2018 (230)
  • May 2018 (237)
  • April 2018 (198)
  • March 2018 (218)
  • February 2018 (175)
  • January 2018 (169)
  • December 2017 (202)
  • November 2017 (189)
  • October 2017 (198)
  • September 2017 (224)
  • August 2017 (194)
  • July 2017 (206)
  • June 2017 (197)
  • May 2017 (196)
  • April 2017 (215)
  • March 2017 (185)
  • February 2017 (130)
  • January 2017 (108)
  • December 2016 (162)
  • November 2016 (126)
  • October 2016 (170)
  • September 2016 (149)
  • August 2016 (145)
  • July 2016 (152)
  • June 2016 (140)
  • May 2016 (114)
  • April 2016 (166)
  • March 2016 (137)
  • February 2016 (149)
  • January 2016 (168)
  • December 2015 (142)
  • November 2015 (149)
  • October 2015 (208)
  • September 2015 (168)
  • August 2015 (188)
  • July 2015 (161)
  • June 2015 (149)
  • May 2015 (161)
  • April 2015 (143)
  • March 2015 (142)
  • February 2015 (148)
  • January 2015 (161)
  • December 2014 (155)
  • November 2014 (174)
  • October 2014 (149)
  • September 2014 (149)
  • August 2014 (164)
  • July 2014 (150)
  • June 2014 (141)
  • May 2014 (170)
  • April 2014 (145)
  • March 2014 (171)
  • February 2014 (128)
  • January 2014 (120)
  • December 2013 (116)
  • November 2013 (179)
  • October 2013 (143)
  • September 2013 (146)
  • August 2013 (157)
  • July 2013 (150)
  • June 2013 (163)
  • May 2013 (155)
  • April 2013 (128)
  • March 2013 (141)
  • February 2013 (127)
  • January 2013 (112)
  • December 2012 (149)
  • November 2012 (120)
  • October 2012 (130)
  • September 2012 (189)
  • August 2012 (132)
  • July 2012 (122)
  • June 2012 (145)
  • May 2012 (134)
  • April 2012 (126)
  • March 2012 (146)
  • February 2012 (120)
  • January 2012 (137)
  • December 2011 (151)
  • November 2011 (131)
  • October 2011 (142)
  • September 2011 (124)
  • August 2011 (133)
  • July 2011 (151)
  • June 2011 (122)
  • May 2011 (141)
  • April 2011 (77)
©2026 Archivo Caliescribe | WordPress Theme by SuperbThemes