Por Ing. Civil Claudio Borrero Quijano
La Secretaria Jurídica del Presidente de la Republica Juan Manuel Santos informa que por instrucciones suyas traslada investigaciones sobre los terrenos ejidales del Municipio de Santiago de Cali a la Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación y Contraloría General de la Republica (Facsímil anexo).
1 – Léase facsímil de la Oficina de Instrumentos Públicos que contiene Matrícula inmobiliaria 370-117585, con el Saldo “ejidal” en Meléndez Sur (Navarro) de 10.541.232,59 M2– Patrimonio Público imprescriptible destinado por el Código de Régimen Político Municipal exclusivamente a la vivienda social de 120.000 familias destechadas, bien reubicables o madres cabezas de familia y desplazados.
2 – Léase facsímil de la Ordenanza Número 15 de septiembre 13 de 1.884, “Aceptando el Concejo la entrega de EJIDOS a la Municipalidad de Cali en el nombre del Pueblo”.
3 – Léanse apartes de escrituras públicas “particulares compran posesiones de tierras fundadas en ejidos de Cali”, los cuales son bienes de uso público imprescriptibles (C.N. – Ley 41/48), materia prima destinada exclusivamente a fomentar y ejecutar planes de vivienda social (Decreto 1333 de 1.986 Código Régimen Municipal)
4 – Sentencias de 1ª. y 2ª. Instancia en 1.935, del Juzgado 1º. Civil del Circuito y Tribunal Superior de Cali, ratificando los 11.440.000 M2 del “ejido” de Meléndez Sur como patrimonio caleño. Los dos fallos están contenidos en la escritura 308 de marzo 8 de 1.938 (Registro 370-117585)
“Donde hay poca justicia, es un peligro tener la razón”
“Dura es la ley, pero es la ley”
“La justicia no tiene corazón y el magistrado que preste el suyo prevarica”
Respetuoso derecho de petición(recurso de insistencia)
Los ejidos de Cali también son bienes de uso público, los cuales han sido usurpados por particulares de la alcurnia caleña – adjunto síntesis probatoria – ahora cuando el gobierno nacional está empeñado en rescatar baldíos ilícitamente apropiados, no se justifica que continúe el régimen contemplativo con los ejidos urbanos y rurales de Cali. Mi terruño no podrá seguir siendo territorio excepcional para violar la ley en Colombia, cuando por primera vez es política nacional rescatar el patrimonio territorial del estado. Nuestra materia prima para reparar la convivencia social con 120.000 irredentas familias destechadas de Cali es el rescate ejidal, predios exclusivamente destinados a fomentar y ejecutar planes de vivienda social (código de régimen político municipal)
Síntesis Probatoria
(1) – Ejido Meléndez Sur, área 11.440.000 m2 – registro inmobiliario 370-117585 (2) – ejidos de Meléndez Norte ó Pampas de la Pedregosa, área 1.574.000 m2 – registro inmobiliario 370-254418 (3) – Cañaveralejo ó La Curtiembre, área 2.574.000 m2 – registro inmobiliario 370-254418. (4) Llanos de Meléndez Norte, área 2.217.000 m2 – registro inmobiliario 370-113645 (5) – Pasoancho, área 2.127.000 m2 – registro inmobiliario 370- (6) ejido Cristales, área 6.740.000 m2. – (7) Ejido Isabel Pérez, área 5.100.000 m2 – (8) indiviso de la hacienda ejidal “La Buitrera” (4.800.000 m2). – (9) Indiviso ejidal de la hacienda “San Joaquín” (3.600.000 m2) – se adjunta síntesis legal histórica – se incluye planimetría certificada con aval de Univalle (facultad de ingeniería topográfica), igualmente avalada por el departamento técnico de la C.V.C., por la Dirección de Hacienda, Catastro, y Tesorería Municipal, prueba contenida en plano digital 1/1 que contiene coordenadas de los diez ejidos urbanos más extensos de Cali.
Cumplió el alcalde Jorge Iván Ospina Gómez su frase prevaricadora del compromiso programático “de los ejidos ni hablemos”. Desafortunadamente mi derecho de petición anterior sobre esta materia, el Presidente Juan Manuel Santos, lo reenvió por competencia al alcalde prevaricador.
De nuestro patrimonio público territorial municipal localizado en los antiguos baldíos nacionales, predios cedidos a perpetuidad de dominio y en gratuidad por mandato contenido en las leyes 54/41 y 175/48, “reservas forestales” con cabida de doscientos treinta y ocho millones de (238.000.000 m2), localizados en los trece corregimientos de montaña y el Parque Nacional de Los Farallones de Cali. Patrimonio público municipal que ostenta el registro inmobiliario 370 – 586912 de la oficina de instrumentos públicos de Cali. Bienes de uso público imprescriptibles actualmente usurpados por 30.748 ocupantes irregulares. Transita acción popular iniciada en el año 2.004, actualmente en etapa de sentencia en el consejo de estado – radicado 76001233100020040065601.
ANEXO TRECE FOLIOS CON PRUEBAS
Ing. Civil Claudio Borrero Quijano