El Municipio y el Concejo de Cali han titulado el proyecto de Acuerdo 040 / 2013 que autorizaría extensión de las vigencias futuras excepcionales para 21 Megaobras con la contribución por valorización del 2014 al 2017 como AIRE FINANCIERO A LAS MEGAOBRAS.

Por Ramiro Varela Marmolejo
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.
Debería ser una propuesta a la QUIEBRA DE MEGAOBRAS, por ello el Sr. Alcalde Rodrigo Guerrero por escrito tiene que informanos a los ciudadanos. sobre el DESBALANCE PRESUPUESTAL, ECONÓMICO Y FINANCIERO DE LA VALORIZACIÓN, teniendo en cuenta que la plata es nuestra y por ello debe responder al Concejo Municipal con :
a) Una evaluación económica del plan 21 Megaobras, de conformidad a los valores decretados por el Concejo Municipal, obra por obra según el Acuerdo 241 de 2008. Deberá indicar el valor presupuestal del costo ejecutado y en ejecución de la primera fase, las obras ejecutadas por otra fuente de financiación diferente a la valorización (a valores constantes y corrientes, según la indexación autorizada por el mismo Acuerdo). La evaluación deberá presentar la comparación porcentual y en miles de millones de pesos. En el evento en que no se tenga la información o las obras no estén terminadas, deberá la Secretaría evaluar con el costo proyectado.
b) La ejecución presupuestal de las 21 Megaobras por costos directos de obras e indirectos, administración, diseños, estudios, recaudo, notificación, recursos de reposición, publicidad, medios de comunicación, etc.; indicando fuente de los recursos (valorización, Municipio y EMCALI). Precisar costos adicionales y sobre costos. Toda esta información deberá ser desglosada indicando fecha de pago, valor, actividad, programa y beneficiario.
c) La ejecución presupuestal de las 21 Megaobras deberá informar los costos de los estudios y diseños que pagó el Municipio a través de la EMRU y la Secretaría de Infraestructura y Valorización, y pagados también a los concesionarios-contratistas, indicando fecha de pago, valor, actividad y beneficiario.
d) La ejecución presupuestal de las 21 Megaobras deberá informar el por qué se pagó prima de éxito en miles de millones de pesos, cuánto y quién se pago por este concepto. Adicionalmente, deberá informar quienes autorizaron dichos pagos y anexar el acta de interventoría que autorizó el pago.
e) El costo de las Megaobras faltantes, indicando la fecha de su licitación, contratación y construcción.
f) Una evaluación financiera del plan 21 Megaobras:
f.1. De los dineros invertidos en el programa antes de que se iniciara el cobro de la valorización, indicando fecha, fuente, destino y beneficiario.
f.2. Que indique el manejo de los recursos de la contribución de valorización entre fiduciarias y concesionarios-contratistas
f.3. De los dineros invertidos en las 21 Megaobras en las obras ejecutadas o en ejecución, indicando la evaluación entre lo invertido a la fecha y lo que falta por invertir proyectando los costos a su terminación, incluyendo los costos financieros por los préstamos de los contratistas-concesionarios proyectados hasta su pago.
f.4. Del recaudo ejecutado y del proyectado hasta la terminación de las vigencias futuras al 2017.
f.4.Del costo de las Megaobras faltantes indicando fecha de ejecución, incluyendo costos financieros de financiación de los contratistas-concesionarios, y ajustes por indexación contractual.
g) Evaluación económica y financiera total de las 21 Megaobras, incluyendo obras construidas, en construcción y por contratar, indicando fuente de recursos, fecha de ejecución hasta la terminación de las obras decretadas y comprometidas en el Acuerdo 241 de 2008. La evaluación debe hacerse con un valor presente neto de la fecha de radicaciones del proyecto de Acuerdo 040 del 2013, a las tasas corrientes y de mora, pactadas y proyectadas con los contratistas y con los contribuyentes.
Respondiendo estos interrogantes, podríamos conocer con cuanto y por qué se quebró la valorización, para la remodelación del cielo.